Comparto con ustedes una jurisprudencia, de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (S.C.J.N.), con la cual podrán notar que existen elementos jurídicos que rigen únicamente de forma interna a las instituciones de gobierno, por lo que las autoridades, deben apegarse a los cuerpos normativos en jerarquía ya que si no constituirán violaciones graves a los derechos de los gobernados lo cual puede ser reprochado mediante los mecanismos legales pertinentes.
Tesis: 35 Apéndice de 1995 Quinta Época 390925 1/1
Pleno Ap. 1995 Pag.27 Jurisprudencia (Administrativa)
[J]; 5a. Época; Pleno; Ap. 1995; Tomo III, Parte SCJN; Pág. 27
CIRCULARES, NO SON LEYES.
Las circulares no pueden ser tenidas como leyes, y los actos de las autoridades que se fundan en aquellas importan una violación a los artículos 14 y 16 constituciones.
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